Missouri Revisó Estatutos*

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Capítulo 210
Protección y Reformación de Niños
Sección 210.900


El 28 de agosto de 2008

 

Definiciones.

210.900. 1. Secciones 210.900 a 210.936 Será sabido y puede ser citado como el "Acto Familiar de Cuidado Seguridad".

2. Cuando utilizado en secciones 210.900 a 210.936, Los términos siguientes significarán:

(1) “El proveedor del cuidado de niños”, licenciado o cuidado de niños de licencia-exime en casa, licenciado o el centro de cuidado de niños de licencia-exime, agencia de niño-colocando, facilidad residencial de cuidado para niños, el grupo en casa, fomenta la familia en casa, fomenta casa familiar, la oficina de colocación que se refiere a un trabajador de cuidado de niños a padres o guardianes definió como en la sección 289,005*, RSMo. El proveedor del cuidado de niños del término no incluye campamentos de verano ni las asociaciones voluntarias diseñaron principalmente para propósitos recreativos ni educativos;

(2) “El trabajador del cuidado de niños”, cualquier persona que es empleada por un proveedor de cuidado de niños, o recibe estado o fondos federales, o por pago directo, pago de reembolso o documento justificado, como remuneración para servicios de cuidado de niños;

(3) El "departamento", el departamento de la Salud y el Mayor Atiende:

(4) "El proveedor del Cuidado de edad avanzada ", cualquier operario licenció conforme a al capítulo 198, RSMo, o cualquier persona, la corporación, o la asociación que proporciona los servicios a domicilio bajo contrato con la división del envejecimiento, o de cualquier empleador de enfermeras o cuidar a ayudantes de en casa agencias de salud licenciaron conforme a a secciones 197,400 a 197,477, RSMo, o cualquier ayudantes de la enfermería empleados por un hospicio conforme a a secciones 197,250 a 197,280, RSMo, o esa porción de un hospital para cuál (3) de subdivisión 1 de sección 198,012, RSMo, aplica;

(5)”El trabajador del Cuidado de edad avanzada”, cualquier persona que es empleada por un proveedor de mayor-cuidado, o que recibe estado o fondos federales, o por pago directo, pago de reembolso o documento justificado, como remuneración para servicios de Cuidado de edad avanzada;

(6) El "empleador", cualquier proveedor de cuidado de niños, proveedor de mayor-cuidado, o proveedor de personal-cuidado definió como en esta sección;

(7) "Proveedor mental de salud", facilidad mental de atraso o grupo en casa definieron como en la sección 633,005, RSMo;

(8) "Trabajador de mental de salud", cualquier persona empleada por un proveedor mental de la salud para proporcionar servicios personales de cuidado y apoyos;

(9) La "Patrulla", la Patrulla de Carretera Nacional de Missouri;

(10) "El Asistente del Personal-Cuidado" o "el Trabajador del Personal-Cuidado", una persona que realiza servicios rutinarios o apoya necesario para una persona con una incapacidad física o mental entrar y mantener que empleo o para vivir independientemente;

(11) “El proveedor del personal-cuidado”, cualquier persona, la corporación, o la asociación que proporciona personal-cuidado servicios o apoyos bajo contrato con el departamento de la salud mental, la división del envejecimiento, el departamento de servicios de salud y mayor o el departamento de elemental y la enseñanza secundaria;

(12) "Relacionó guardería", la guardería proporcionó sólo a un niño o niños por tal niño o los abuelos de niños, los bisabuelos, las tías o los tíos, o los hermanos que viven en una residencia separa del niño o niños;

(13) "Relacionó del Cuidado de edad avanzada ", el cuidado proporcionó sólo a un anciano por un niño adulto, un esposo, un nieto, un bisnieto o un hermano de tal anciano.

*Estas traducciones fueron realizadas por Andrea Witt, utilizando freetranslation.com y no fueron aprobados por el estado FCSR. Estas traducciones son tomadas de la edición inglesa y no son necesariamente tan exacto como las originales. Utilícelos por favor sólo por motivos personales. Este documento traducido no es para el uso legal.